PDOT ADM: 2023-2027

Art. 67.- Atribuciones de la junta parroquial rural.- A la junta parroquial rural le corresponde:

b) Aprobar el plan parroquial de desarrollo y el de ordenamiento territorial formulados participativamente con la acción del consejo parroquial de planificación y las instancias de participación, así como evaluar la ejecución.

ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA PARROQUIA DURENO.